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Reclamación Comisión de Apertura
RECLAMA GRATIS TU COMISIÓN DE APERTURA
Según la Sentencia del TJUE de 16.07.2020 (Pincha aquí y mira la sentencia del tribunal de justicia de la Union Europea, con sede en Luxemburgo) puedes reclamar la comisión que el banco te ha cobrado en concepto de comisión de apertura que te será devuelta con intereses. La segunda STJUE de 16 de marzo 2023 confirma que la comisión de apertura es ilegal (Pincha aquí y mira la segunda Sentencia del Tribunal de Justicia, con sede en Luxemburgo).
La sentencia dice literalmente lo siguiente:
El juez nacional está obligado a controlar el carácter claro y comprensible de una cláusula incorporada al contrato.
Este control incluye que el Juez nacional debe examinar:
- La publicidad y la información ofrecidas por el prestamista en el contexto de la negociación previa.
- El funcionamiento concreto del mecanismo al que se refiere la cláusula de que se trate.
- Que el consumidor esté en condiciones de valorar, las consecuencias económicas que se deriven para él (basándose siempre, en criterios precios e inteligibles).
Las comisiones y gastos repercutidos al cliente deben responder a servicios efectivamente prestados o a gastos habidos. De no ser así se causa un desequilibrio importante, en perjuicio del consumidor, y en contra de las exigencias de la buena fe. El juez nacional debe comprobar, y la entidad financiera debe demostrar, que la comisión correspondió a servicios efectivamente prestados y gastos en que haya incurrido.